Soporte y Servicio Técnico

Nuestra política de garantía establece 1 año de respaldo a nuestros productos, donde los primeros 3 meses el cliente podrá optar por reparación, cambio o devolución ante falla del productos; luego del tercer mes de garantía, el cliente podrá seguir optando por la reparación y si la falla persiste por más de tres arreglos, se puede proceder al cambio del producto.

 Los cambios se realizan previa inspección técnica que acredite la falla del mismo. Para ellos hemos dispuesto distintas vías de comunicación que consideran el sito web o teléfono (600 712 1000) , de esta manera poder lograr una mayor fluidez en el agendamiento.

Si el producto no puede ser reparado en primera instancia se trasladará a nuestro taller para finalizar con su revisión y reparación.

Garantías legales y beneficios ofrecidos por el fabricante

Si presenta fallas o defecto dentro de los seis meses siguientes a la fecha que fue recibido puedes optar entre su reparación, cambio o devolución, siempre que el producto no se hubiera deteriorado por un hecho imputable al consumidor. Puedes entregarlo directamente en un servicio técnico autorizado por el fabricante o si  prefieres.

Si tu producto cuenta con una garantía del fabricante, Simple Cook siempre respetará este plazo, si dicho plazo fuera mayor. Todos estos plazos se suspenderán por el tiempo en que el bien esté siendo reparado en ejercicio de su garantía y hasta que se complete su reparación.

Se considerará que hay una falla o defecto:

a) Si los productos sujetos a normas de seguridad o calidad de cumplimiento obligatorio no cumplan las especificaciones correspondientes.
b) Si los materiales, partes, piezas, elementos, sustancias o ingredientes que constituyan o integren los productos no correspondan a las especificaciones que ostentan o a las menciones del rotulado.
c) Si cualquier producto, por deficiencias de fabricación, elaboración, materiales, partes, piezas, elementos, sustancias, ingredientes, estructura, calidad o condiciones sanitarias, en su caso, no sea enteramente apto para el uso o consumo al que esta destinado o al que el proveedor hubiese señalado en su publicidad.
d) Si el proveedor y consumidor hubieran convenido que los productos objetos del contrato deban reunir determinadas especificaciones y esto no ocurra (debe constar por escrito)
e) Si después de la primera vez de haberse hecho efectiva la garantía y prestado el servicio técnico correspondiente, si subsistieran las deficiencias que hagan al bien inapto para el uso o consumo que se refiere la letra C. Este derecho subsistirá para el evento de presentarse una deficiencia distinta a la que fue objeto del servicio técnico o volviera a presentarse la misma deficiencia dentro de los plazos a que se refiere el artículo siguiente.
f) Si la cosa objeto del contrato tenga defectos o vicios ocultos que imposibiliten el uso al que habitualmente se destine.
g) Si la ley de los metales en los artículos de orfebrería, joyería u otros sea inferior a los que se indiquen.

Para estos efectos se considerará que es un solo bien aquel que se ha vendido como un todo, aunque esté conformado por distintas unidades, partes, piezas o módulos. No obstante que estas puedan o no prestar una utilidad en forma independiente una de otra. Sin perjuicio de ello, tratándose de su reposición, esta se podrá efectuar respecto de una unidad, parte, pieza o módulo siempre que sea por otra igual a la que se restituye.

 

 

 

 

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